Perito Médico para Incapacidad Laboral en Madrid
Solicitar una incapacidad laboral o recurrir una resolución del INSS requiere un informe médico pericial sólido que respalde el grado de incapacidad real del trabajador. Le acompañamos desde el expediente inicial ante el INSS hasta, si es necesario, el procedimiento ante los Juzgados de lo Social de Madrid.
¿Qué hacemos?
Evaluamos su situación clínico-laboral para determinar el grado de incapacidad que le corresponde: parcial, total, absoluta o gran invalidez, según la limitación funcional acreditada y su repercusión sobre la profesión habitual. Analizamos el expediente del INSS, el informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) y los informes de la mutua, identificando discrepancias entre la valoración administrativa y el estado clínico real del trabajador. Cuando la resolución del INSS deniega la incapacidad o reconoce un grado inferior al que corresponde, nuestro informe pericial sirve de prueba médica en el recurso ante el propio INSS y, en su caso, en la demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid competente. También asesoramos cuando es la mutua la que da el alta médica de forma anticipada, revisando si esa decisión se ajusta a la realidad clínica del paciente.
¿Cómo trabajamos?
Estudio del expediente
Revisamos el expediente del INSS, los informes de la mutua y el historial clínico-laboral completo.
Valoración funcional
Evaluamos las limitaciones funcionales reales y su impacto sobre la profesión habitual del trabajador.
Determinación del grado de incapacidad
Establecemos si corresponde una incapacidad parcial, total, absoluta o gran invalidez según los criterios legales.
Informe pericial para el recurso o demanda
Elaboramos el informe pericial que servirá de prueba médica ante el INSS o el Juzgado de lo Social.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre incapacidad parcial, total, absoluta y gran invalidez?
¿Qué hago si el INSS me deniega la incapacidad?
¿Puede la mutua darme el alta aunque no esté recuperado?
¿Cuánto tiempo tarda un procedimiento ante el Juzgado de lo Social de Madrid?
¿Es necesaria la ratificación judicial del informe pericial?
Valoración gratuita
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